Preguntas Frecuentes

¿Qué incluye el servicio de asesoría tributaria mensual?
Nuestro servicio integral incluye la declaración mensual de impuestos (F29), control de libros electrónicos de compra y venta, análisis de cuentas contables y monitoreo constante para asegurar el cumplimiento ante el SII, evitando multas y optimizando tu carga fiscal.
¿Pueden ayudarme si tengo problemas o multas con el SII?
¡Absolutamente! Somos expertos en defensa tributaria. Revisamos tu situación actual, regularizamos declaraciones pendientes, gestionamos la condonación de multas e intereses y te representamos ante el Servicio de Impuestos Internos para solucionar cualquier notificación.
¿Se encargan de la gestión de contratos y sueldos?
Sí, nuestra área laboral gestiona todo el ciclo del trabajador: redacción de contratos, cálculo y liquidación de sueldos, pago de cotizaciones previsionales (Previred), tramitación de licencias médicas y confección de finiquitos, asegurando el cumplimiento del Código del Trabajo.
¿Realizan la Operación Renta para empresas y socios?
Así es. Preparamos y presentamos la Declaración Anual de Impuesto a la Renta (F22) tanto para la empresa como para sus socios. Incluye la confección de todas las Declaraciones Juradas necesarias y un análisis previo para aprovechar beneficios tributarios vigentes.
¿Cómo funciona el servicio de Outsourcing Contable?
Nos convertimos en tu departamento de contabilidad externo. Procesamos toda tu información financiera, emitimos balances, estados de resultados y reportes de gestión periódicos para que tengas información clara y oportuna para la toma de decisiones, sin la carga administrativa interna.
¿Una persona natural debe presentar la declaración de impuesto a la renta (Formulario 22) en el mes de abril de cada año?
Una persona natural (dependiente) debe presentar declaración de renta anual cuando tiene más de un empleador, si es independiente haya entregado boletas de honorarios por sus servicios o si creó un emprendimiento por el cual reciba ingresos y/o haya obtenido otras rentas por las cuales deba pagar impuesto.
¿Es necesario crear una sociedad si quiero hacer un emprendimiento?
No, una persona natural no esta obligada a crear una sociedad para desarrollar una actividad lucrativa en Chile, basta con ingresar a la página del Servicio de Impuestos Internos en la sección “Actividades económicas” y agregar una actividad de primera categoria, la cual va a desarrollar y automáticamente desde ese momento esa persona queda como un empresario unipersonal, el cual podrá emitir todo tipo de DTE (Documentos Tributarios Electrónicos) y poseerá las mismas características que una sociedad. Posteriormente deberá realizar algunos trámites como inscribirse en la facturación electronica para por ser facturador electrónico y poder entregar DTE.
¿Puedo comprar cualquier vehículo para utilizar en mi negocio y no tener problemas con el Servicio de Impuestos Internos?
No, la Ley de Impuesto a la Renta (LIR) señala en su artículo 31: “No se deducirán los gastos incurridos en la adquisición, mantención o explotación de bienes no destinados al giro del negocio o empresa” “…… la adquisición y arrendamiento de automóviles, station wagons y similares, cuando no sea éste el giro habitual, y en combustible, lubricantes, reparaciones, seguros y, en general, todos los gastos para su mantención y funcionamiento. No obstante, procederá la deducción de los gastos respecto de los vehículos señalados, cuando el Director, mediante resolución fundada, lo establezca por cumplirse los requisitos establecidos” Si bien, tal como menciona la LIR, los automóviles, station wagons y similares, serían vehículos que no se aceptarían como gastos para efectos tributarios, sin embargo, se puede solicitar al Director del SII mediante una petición administrativa, que clasifique ciertos vehículos para ver si estos son considerados como vehículos de trabajo de acuerdo al giro de la sociedad, para lo cual, se deben considerar ciertos criterios:

  • • Criterio Funcional: Donde se debe explicar el modelo de negocio de la sociedad y que función cumplirá el vehículo en la misma
  • •Criterio Personal: Que trabajadores van a utilizar el automóvil y para que lo van a utilizar.
  • •Criterio Temporal: Donde se utilizará el vehículo, contar con la bitácora de uso y ruta que tendrá el vehículo durante su funcionamiento
  • •Criterio Territorial: ¿Se utilizará en la ciudad? ¿En terrenos rurales?, mencionar si será utilizado en zonas extremas clasificas por el SII, etc.
  • •Criterio Económico: Costo del vehículo en relación a la situación económica de la empresa y del precio de mercado de vehículos similares.
¿El Servicio de Impuestos Internos puede saber si obtuve ingresos durante un año?
Los ingresos obtenidos por una persona natural durante un año cualquiera, pueden ser informados al SII por diversos medios:

  • • Si la persona es dependiente, es decir, trabaja para un empleador, este último esta obligado por ley a informar las remuneraciones pagadas a sus trabajadores durante el tiempo que dure la relación laboral, esto se hace a través de una declaración jurada que se presenta de forma anual al SII.
  • • Si la persona es independiente y entrega boletas de honorarios por sus servicios prestados, el SII tiene el registro de dichas boletas ya que estas se emiten des la misma página del SII, además, si estas boletas son entregadas a un contribuyente de primera categoría, este debe informarlas de forma anual al SII tal como se hace en el caso de las remuneraciones, a través de una declaración jurada.
  • • En general, cualquier entidad que pague rentas a terceros, estas pueden ser informadas al SII a través de alguna declaración jurada.
¿Existen beneficios para que una sociedad pueda pagar menos impuesto a la renta?
Si, existen beneficios tributarios para poder rebajar el monto de impuesto a pagar para una sociedad, entre los cuales se encuentran:

  • • Incentivo al ahorro, artículo 14, letra E) de la LIR, consiste en una rebaja a la renta líquida imponible, equivalente al 50% de esta invertida en la empresa, con tope de 5.000 UF.
  • • Incentivo a la inversión en la compra de bienes del activo fijo, artículo 33 bis de la LIR, en general consiste en aplicar un 4% (variable) a la inversión en contra del impuesto de primera categoría, con tope de 500 UTM.
  • • Reconocimiento anticipado de la depreciación.
  • • Reconocimiento anticipado de deudas incobrables, entre otras.
¿Por qué externalizar el proceso de cálculo de las remuneraciones?
Cumplimiento legal garantizado:

Nos aseguramos de que cada proceso cumpla con el Código del Trabajo y la normativa vigente, incluyendo declaraciones y pagos en Previred y obligaciones ante la Dirección del Trabajo. Reducimos riesgos y prevenimos multas.

  • ✔ Precisión en cada cálculo

  • • Liquidaciones de sueldo.
  • • Horas extras.
  • • Gratificaciones.
  • • Licencias médicas.
  • • Finiquitos.
  • • Topes imponibles.

Trabajamos con procesos controlados y revisiones permanentes.
¿Qué tipos de contrato existen en Chile?
Plazo fijo, indefinido, por obra o faena, y contrato a tiempo parcial.
¿Qué debe contener un contrato de trabajo?
Fundamentalmente identificación de las partes, funciones, jornada, remuneración, lugar de trabajo y duración.
¿Qué es el Libro de Remuneraciones Electrónico?
Registro obligatorio que se declara en la plataforma de la Dirección del Trabajo, se carga dentro de los primeros 15 días del mes siguiente al pago de la remuneración. Esta obligación rige para empleadores con 5 o más trabajadores desde el 1 de octubre de 2021, según la Ley 21.327.
¿Cuándo se debe pagar el finiquito?
Dentro de 10 días hábiles desde el término de la relación laboral.
¿Qué registros contables y auxiliares son obligatorios para las empresas con contabilidad completa?
Las entidades que tributan en base a renta efectiva según contabilidad completa (Regímenes General 14-A y ProPyme General 14-D N°3) deben mantener los siguientes registros vigentes, ya sea mediante impresión en hojas foliadas y timbradas por el SII o a través del sistema de Libros Contables Electrónicos (LCE):

  • a) Libros Principales (Base del Estado Financiero):
  • - Libro Diario: Registro cronológico de todos los hechos económicos.
  • - Libro Mayor: Resumen de los movimientos por cada cuenta contable.
  • - Libro de Inventarios y Balances: Detalle de los activos, pasivos y el estado de situación final al cierre del ejercicio.
  • - Balance General de 8 Columnas (Tributario): Herramienta que permite determinar la utilidad o pérdida del periodo.


  • b) Libros Auxiliares Obligatorios:
  • - Libro de Remuneraciones: Obligatorio para empresas con 5 o más trabajadores (Art. 62 Código del Trabajo).
  • - Libro de Retenciones: Registro de las retenciones, por ejemplo: boletas de honorarios, impuesto adicional, etc.


  • c) Registros de Control Tributario (Determinaciones): Adicionalmente, se deben generar los registros que sustentan la carga impositiva y el control de utilidades:
  • - Determinación de la Renta Líquida Imponible (RLI).
  • - Determinación del Capital Propio Tributario (CPT).
  • - Registro de Rentas Empresariales (RRE): Incluye el control de Rentas Afectas a Impuestos (RAI), Diferencia de Depreciación (DDAN), Rentas Exentas (REX) y el Saldo de Créditos (SAC).
¿Qué son los Libros Contables Electrónicos y cuáles son sus ventajas?
Es la contabilidad en la era digital: informes tributarios generados con precisión técnica, estructurados según las normas del SII y validados legalmente con firma electrónica. Un modelo de operación que reemplaza el papel por datos inteligentes y seguros.

Sus ventajas:

  • - Eficiencia en Costos:Optimiza el gasto en generación, almacenamiento y administración de archivos al sustituir el soporte físico por el digital.
  • - Sinergia Digital: Se integra con el ecosistema de Gobierno Electrónico del SII (DTE, boletas, declaraciones, etc.), facilitando el cumplimiento tributario y la productividad.
  • - Seguridad y Confidencialidad: Ofrece un control de acceso más flexible y resguardos ante siniestros (incendios o pérdidas) mediante respaldos digitales de bajo costo.
  • - Integridad de la Información: El uso de la firma electrónica garantiza que los registros no sean alterados, otorgando legitimidad jurídica y técnica a la contabilidad.

Para saber si puedes acogerte a este modelo de operación puedes revisar la página del SII en la pregunta frecuente:

Ver información en el SII
¿Por qué mi contabilidad dice que tengo utilidad, pero no tengo efectivo (caja)?
La contabilidad tradicional opera por devengado: la venta se registra cuando se genera la factura, no cuando se recibe el dinero. Esto crea una cuenta llamada 'Deudores Clientes', que funciona como un 'puente' contable. El dinero real no ingresará a la caja o al banco sino hasta que el cliente liquide su deuda, extinguiendo así el derecho de cobro previamente registrado.

Adicionalmente, pueden existir inversiones realizadas con los fondos percibidos, por ejemplo: compra de mercaderías, activos fijos, inversiones en fondos mutuos, etc.
¿Cuánto tiempo se deben guardar los Libros Contables?
Desde el punto de vista tributario, el Artículo 200° del Código Tributario, señala que el plazo general de conservación de documentos es de 6 años. Sin embargo, este plazo se prorroga obligatoriamente mientras las anotaciones contables respalden la determinación de impuestos de periodos vigentes. Esto aplica específicamente para el control de:

  • - Arrastre de pérdidas tributarias y remanentes de crédito fiscal.
  • - Utilidades retenidas (no retiradas).
  • - Cuotas de amortización y depreciación de bienes.

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